Acción legal En caso de que el oferente se niegue a cumplir su ofrecimiento
El interesado puede demandar ante juez competente la celebración del contrato, para ello es necesario:
1. Que el interesado haya notificado fehacientemente su aceptación al oferente.
2. Que lo haya hecho dentro del plazo y en el lugar por éste establecido.
3. Que no haya el oferente comunicado con anterioridad La Revocación de la oferta por causa Justificada.
Se puede asumir por contrato La Obligación de celebrar un contrato Futuro.
Arts. 1674 a 1678 y 1683, 1684 C.C