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ámbito de validez temporal de la ley penal:

Cuando la doctrina se refiere a la ley penal en el tiempo, lo hace con el fin de explicar el tiempo de duración de la misma y los hechos que debe regular bajo su imperio. Su ámbito de validez temporal está limitado en dos momentos: El momento en que nace su promulgación y, el momento en que fenece por la abrogación o derogación. A este aspecto en la doctrina se le conoce como «Sucesión de Leyes», porque indiscutiblemente, a través del tiempo, unas suceden a otras.