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características de las restricciones administrativas

A) generalidad: porque no se imponen sobre cosas determinadas, sino que afectan todas las cosas que se encuentran en idéntica situación y condiciones.
B) son constantes: no se establecen por tiempo determinado.
C) son ilimitadas en su número: ya que surgen de necesidad públicas y estas no pueden limitarse a un límite numérico.
D) imponen al propietario obligación de no hacer o dejar de hacer.
E) no dan lugar a indemnización, al no implicar una disminución del derecho de propiedad, esto no produce daño jurídico.
F) recaen no solo sobre cosas inmuebles, sino también pueden recaer sobre cosas muebles, siempre que éstos puedan afectar el orden público, p.ej. Evitar el humo negro para no dañar el medio ambiente.