Derecho Guatemalteco

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Clases de servicio público:

Directos: los que presta el estado.
Indirectos: los presta el particular con control del estado.
Esenciales: los de imperiosa necesidad.
No esenciales: no afectan a la población. (lujos)
Permanentes: no se pueden interrumpir.
No permanentes: se prestan en forma accidental o emergencia.
Nacionales: en todo el territorio.
Regionales: en determinada región.
Departamentales: en determinado departamento.
Municipales: en determinados municipios.