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Compraventa de empresa

estas normas rigen para la donación y aportación de la empresa. Transmitir una empresa en propiedad produce efectos especiales y se sujeta a formalidades específicas. Si el vendedor es una sociedad, se sigue el procedimiento establecido para fusionar sociedades; y si el enajenante es un comerciante individual, deberá publicarse en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación, con dos meses de anticipación, el último balance de la empresa por vender y el sistema establecido para solventar el pasivo. Efectos de la transmisión: el adquiriente se subroga en los contratos celebrados por el enajenante; el adquiriente se sustituye en los créditos a favor de su enajenante con motivo del funcionamiento de la empresa y es responsable de las deudas frente a terceros, circunstancia que no admite pacto en contrario; pero, para garantizar a los acreedores, el enajenante sigue teniendo responsabilidad durante el año siguiente a la publicación del aviso de transmisión. Por último, la transmisión obliga al enajenante a no ejecutar actos de competencia desleal en contra del adquiriente; y durante cinco años no puede organizar otra empresa que por su ubicación, objeto y demás circunstancias específicas, cause perjuicio al movimiento comercial del nuevo propietario, salvo pacto en contrario.