Contrato de seguro contra daños
Su finalidad es proporcionar una reparación económica que compense la perdida ocasionada por el siniestro.
Seguro doble o múltiple: un mismo bien puede asegurarse con dos o más aseguradoras por el mismo riesgo e igual interés.
Indemnización: es el valor del interés asegurado o valor del seguro, siempre dentro del límite de la suma asegurada siguiendo las pautas de la póliza.
Nulidad, Rescisión y reducción del seguro de daños.
Nulidad: existe cuando se da el sobreseguro con dolo o mala fe.
Rescisión: se puede rescindir un contrato de seguro cuando se celebra ignorando la existencia de otros seguros.
Reducción: se refiere a la disminución de las obligaciones del asegurador.