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deberes del presidente de la república

Jurídicamente, deber constituye el impulso que motiva la realización de un acto, cuya conciencia es inminente a la necesidad de su realización y al constreñimiento que implica el imperativo de la norma.

Es un conjunto de asuntos que deben ser regidos por una persona ligada con el estado por la obligación del derecho público de servirle. Suelen confundirse las funciones con los deberes del presidente de la república, sin embargo dentro de las funciones reguladas por la constitución política, existen deberes que debe cumplir el presidente.
La función pública del estado está regulada en el artículo 154 de la cprg.