Derecho Guatemalteco

Tu sitio web de Derecho

El Depósito en almacenes Generales de depósito

Artículo 717 co de co. Almacenes generales de depósito. Certificados de depósito y bonos de prenda. Serán depósitos en almacenes generales, los hechos en establecimientos abiertos al público, para la guarda y conservación de bienes muebles.

Solamente los almacenes generales de depósito, debidamente autorizados, podrán emitir certificados de depósito y bonos de prenda representativos de las mercaderías recibidas.

La existencia y operación de los almacenes generales de depósito, se regirán por la ley específica y sus reglamentos.

Inmuebles, vehículos, viajes, hoteles, restaurantes, turismo, celulares, compra y venta de casas, seguros, moda y belleza visita www.guidil.com