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Extinción del contrato de hospedaje

1 Por el trascurso del plazo convenido y a falta de convenio por denuncia del contrato hecha por el huésped antes de las quince horas del día de su salida.
2 Por violaciones a los pactos y reglamento que regulen el hospedaje.
3 Por conducta del huésped que signifique falta a la moral o por escándalos que perturben a los demás huéspedes.
4 Por ausencia del huésped por más de 72 horas sin dejar aviso o advertencia.
5 Por falta de pago en la forma convenida.
Artículos 866 al 873 co de co.