Interés procesal
Para interponer una demanda o contrademanda es necesario tener interés en la misma. 51 CPCYM. El objeto es evitar la interposición o proposición de una demanda sin interés.
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Para interponer una demanda o contrademanda es necesario tener interés en la misma. 51 CPCYM. El objeto es evitar la interposición o proposición de una demanda sin interés.