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Naturaleza del contrato de hospedaje

Dada la integración de diversos servicios que se pueden prestar mediante este contrato, además del esencial que el albergue o alojamiento, se ha especulado de que es mas amalgama de contratos: es un arrendamiento de cosas en cuanto a la habitación; es un contrato de obra en cuanto a la alimentación; y un contrato de depósito en cuanto a la custodia del equipaje del viajero, máxime si hay cajas de seguridad proporcionadas por el hotel. Pero, a pesar de que esta idea la han sostenido tratadistas de reconocida solvencia identifica, resulta bizantino un razonamiento de tal naturaleza. El Contrato de Hospedaje tiene su propia identidad; el hecho de que en sus efectos se den prestaciones similares a los otros contratos, no permite llegar a la conclusión de que sea un conjunto de contratos. En nuestro derecho es un contrato tipificado y delimitado en sus alcances jurídicos, en el que la prestación del comerciante es, fundamentalmente, dar albergue o alojamiento.