Naturaleza Jurídica de la Responsabilidad civil derivada del Delito:
Es la de reparador del orden jurídico perturbado por el delito, restablecer el derecho lesionado en todas las esferas y puntos a donde la violencia llegó. Art. 112 al 119 C.P.
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Es la de reparador del orden jurídico perturbado por el delito, restablecer el derecho lesionado en todas las esferas y puntos a donde la violencia llegó. Art. 112 al 119 C.P.