Obligaciones del deudor de la renta, del acreedor, del rentista
Efectos del contrato
1. Obligaciones del contratante. La principal obligación de la persona que instituye la renta, consiste en entregar al deudor la misma, los bienes que constituyen el capital, cuyo dominio le ha transmitido en el contrato. El enajenante queda sujeto a saneamiento por evicción y por vicios ocultos ante el deudor de la renta. Art. 1543 cc.
2. Obligaciones del deudor de la renta. La principal y fundamental obligación, que del contrato nace para el deudor de la renta, es la de pagarla en la forma, lugar, tiempo y cantidad convenidas.
3. Obligaciones del rentista. La persona que recibe la renta, sea o no el propio contratante, tiene la obligación de comprobar su supervivencia ante el deudor de la renta.