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Obligaciones del municipio, entidades descentralizadas y autónomas

1. Coordinar su política.
2. Relación con el órgano de planificación.
3. Informar al ejecutivo y legislativo sobre su presupuesto, proyectos y programas de trabajo. Se exceptúa a la usac.
4. Remitir al ejecutivo y legislativo, su memoria de labores. De ser inoperante una entidad será suprimida mediante el voto favorable de las dos terceras partes del congreso. Art.100 de la constitución.

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