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Órganos de Jurisdicción

Si la jurisdicción es la potestad pública atribuida al Estado para administrar justicia, por medio de los órganos jurisdiccionales instituidos por la ley, los que deben actuar conforme la misma, y emitir la sentencia que pasa en autoridad de cosa juzgada; entonces, la jurisdicción es una actividad encomendada única y exclusivamente a los tribunales de justicia; y en ningún momento a otro órgano o institución pública en particular. Los órganos a los que se atribuye tal potestad no pueden ser cualesquiera sino que han de estar revestidos de una serie de requisitos propios que los distinguen de los demás órganos del Estado. Estos Organos son los juzgados, los tribunales y las cortes, en los que los titulares de la potestad son los jueces, quienes deben ejercer la función de administrar justicia en forma independiente e imparcial, libre de toda presión política o sectaria, sea cual fuere su procedencia.