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Profesiones u oficios excluidos del tráfico comercial.

No son comerciantes:
1.    Los que Ejercen profesión liberal.
2.    Los que desarrollan actividades agrícolas, pecuarias o similares en cuanto se refiere al cultivo y transformación de los productos de su propia empresa.
3.    Los artesanos que solo trabajen por encargo o que no tengan almacén o tienda para el expendio de sus productos.
Art 9 del código de comercio.