Profesiones u oficios excluidos del tráfico comercial.
No son comerciantes:
1. Los que Ejercen profesión liberal.
2. Los que desarrollan actividades agrícolas, pecuarias o similares en cuanto se refiere al cultivo y transformación de los productos de su propia empresa.
3. Los artesanos que solo trabajen por encargo o que no tengan almacén o tienda para el expendio de sus productos.
Art 9 del código de comercio.