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Pruebas por informe:

En el art. 183 del CPCYM. Esta reconocida esta clase de prueba en relación con las oficinas públicas e instituciones bancarias, el caso frecuente son los informes bancarios.
Telefónica:
Esta prueba tiene relación directa con la prueba testimonial ya que en sí misma no constituye un medio de prueba Alsina manifiesta que se han propuesto dos soluciones:
Hacer una derivación de la línea para que la conversación pueda ser escuchada por otras personas pero no podrían establecer así la identidad de los interlocutores o haciendo intervenir testigos por ambas partes que puedan luego reproducir lo expresado por cualquiera de ellas. En cualquier caso se trataría de una prueba imperfecta y a lo sumo no tendría otro valor que el de la testimonial.

Fotográfica:
La prueba fotográfica si puede llevar evidencia ante un Juez no obstante los peligros que encierra, por la gran cantidad de trucos fotográficos que pueden lograrse a través de las cámaras ya que fotografías tomadas de diferente ángulo pueden dar una impresión distinta a la realidad fotografiada. Por esto la prueba se admite pero con algunas reservas y siempre debe comprobarse su autenticidad por algún otro medio. Sin embargo sí puede ser útil en juicio para establecer la identidad de las personas y en los juicios de divorcio para probar causales de infidelidad o identificar cónyuges.
Telegráfica:
Esta tiene mayor importancia en virtud que por lo general se conservan los originales durante cierto tiempo con los cuales puede acreditarse por lo menos que el telegrama fue enviado y si consta su envío existe presunción de que fue recibido, esta presenta el problema de la negativa de recepción porque el hecho a probar es que un determinado telegrama con cierto contenido fue recibido, así la oficina receptora confirma el contenido del telegrama con el emisor y se entrega recogiendo constancia del recibo en el domicilio del destinatario. La copia que se entrega al emisor y la constancia de recibo firmada por el empleado o funcionario que corresponda, es aceptada como prueba de su envío y recepción mientras no se pruebe lo contrario.
Fonográfica:
En esta clase de prueba la dificultad consiste en identificar la voz de una persona que habla a través de una grabación. Sin embargo no es imposible obtener su reconocimiento por expertos o bien por confesión y en algunos casos por testigos, presentes en la grabación.
Videograbadoras, fax, Internet: