Relación entre el endoso y el pago

El que paga no está obligada a cerciorarse de la autenticidad de los endosos, ni tiene la facultad de exigir que aquella se lo compruebe; pero debe verificar la identidad de la persona que presente el titulo como ultimo tenedor, y la continuidad de los endosos. Art. 431 código de comercio.

ART. 429 Código de comercio.
Un endoso posterior a la fecha de vencimiento es iguales a los de un endoso anterior a la fecha de vencimiento.
Tengo un titulo de crédito creado el 14 de febrero y Hoy es 16 de febrero
Plazo a cobro 28 de febrero.
El titulo de crédito tiene los mismos efectos como que si hubiera sido creado el 14 de febrero.
Existe un plazo en el cual se puede cobrar