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Retroactividad De La Ley Penal Y Cosa Juzgada.

En nuestro país ha sido motivo de discusión la existencia de una posible contradicción entre la retroactividad de la ley penal y la denominada «Cosa Juzgada» que según dicen se convierte en un obstáculo para la aplicación de la ley penal mas benigna al condenado, por cuanto que el caso ya está cerrado por una sentencia ejecutoriada. Nosotros consideramos que sí es procedente aplicar retroactivamente la ley penal más benigna al condenado aun existiendo cosa juzgada, porque la retroactividad de la ley penal favorable al reo tiene rango constitucional, y, desde el punto de vista legal, una norma constitucional prevalece siempre sobre un precepto o disposición ordinaria.