Su finalidad es proporcionar una reparación económica que compense la perdida ocasionada por el siniestro.
Seguro doble o múltiple: un mismo bien puede asegurarse con dos o más aseguradoras por el mismo riesgo e igual interés.
Indemnización: es el valor del interés asegurado o valor del seguro, siempre dentro del límite de la suma asegurada siguiendo las pautas de la póliza.
Nulidad, Rescisión y reducción del seguro de daños.
Nulidad: existe cuando se da el sobreseguro con dolo o mala fe.
Rescisión: se puede rescindir un contrato de seguro cuando se celebra ignorando la existencia de otros seguros.
Reducción: se refiere a la disminución de las obligaciones del asegurador.
Su función es indemnizar el daño que sufre un bien, debido a la acción del fuego, en el seguro contra incendio, el asegu…
El asegurador se obliga a pagar la indemnización que el asegurado deba a terceros a consecuencia de un hecho doloso que …
El seguro social o seguro público se remonta a la Alemania de Bismarck (1881), cuando el Estado decidió hacerse cargo de…
La indemnización de Daños Y Perjuicios procede siempre que el deudor no cumpla con su obligación o la cumpla de forma im…
El riesgo, de manera general, es una eventualidad, es un hecho de naturaleza jurídica que puede o no suceder en el futur…
Por lo menos, el diez por ciento (10%) del capital, podrán entablar conjuntamente, contra uno o varios administradores, …
Contra la calificación del registrador podrá reclamarse ante el juez de primera instancia de lo civil jurisdiccional, ya…
Quiere decir que la venta se realiza por medio de títulos representativos de mercaderías. La obligación se cumple remiti…
Contra la acción cambiaria sólo podrán oponerse las Siguientes excepciones y defensas: 1 La incompetencia del juez. 2 La…
Esta garantía procesal encuentra su fundamento en el artículo 16 de la Constitución, que establece: En proceso penal, ni…