Es aquel en el que una afianzadora se compromete a responder de las obligaciones de otra persona, conforme las normas y tarifas que dicta la Superintendencia de Bancos.
El contrato se hará constar en póliza que contendrá: lugar y fecha de su emisión, nombres y domicilios de la afianzadora y del fiado, designación del beneficiario, mención de las obligaciones garantizadas y el monto y circunstancias de la garantía, firma de la afianzadora. A falta de póliza la fianza se probará por la confesión de la afianzadora, o por cualquier otro medio si hubiere un principio de prueba por escrito. La afianzadora se obligará solidariamente y no gozara de los beneficios de orden y exclusión. Las acciones del beneficiario contra la afianzadora y las de ésta contra los contrafiadores y reafianzadoras, prescribirán en dos años.
1 Personales: • Fiador: Es la afianzadora. • Fiado: Es el deudor de la obligación garantizada. • Beneficiario. Es quien …
1 Negocio consensual; 2 Formal; 3 Accesorio, 4 Oneroso; 5 Garantía; 6 Tracto Sucesivo.
Clases de contratos de fianza que se pueden dar en la ley guatemalteca: 1 Fianza Civil y 2 Fianza Mercantil. Atendiendo …
Derechos y obligaciones de los sujetos del contrato de fianza mercantil: 1 El fiador responderá del incumplimiento de la…
Se extingue con la extinción de la obligación garantizada, por ser accesorio.
Por el contrato de fianza una persona se compromete a responder por las obligaciones de otra. El fiador puede estipular …
1. Por extinción de la obligación principal con el pago. Art.1390 código civil 2. Por compensación 1469 3. Por …
Contrato por medio del cual dos o más personas convienen en poner en común bienes o servicios para ejercer una actividad…
1. Consensual. Se perfecciona con el consentimiento de las partes. 2. Solemne. Debe de inscribirse en el registro …
1. por el tipo de responsabilidad del fiador frente al acreedor 1. simple 1348 código civil 2. solidaria 2. por su orige…