La primera de las garantías del proceso penal es la que se conoce como "juicio previo" o debido proceso; por el cual no se puede aplicar el poder penal del Estado si antes no se ha hecho un juicio, es decir, si el imputado no ha tenido oportunidad de defenderse, si no se le ha dotado de un defensor, si no se le ha reconocido como "inocente" en tanto su presunta culpabilidad no haya sido demostrada y se le haya declarado culpable. (Art. 12 Constitucional y 4 segundo párrafo de la Ley de Amparo Exhibición Personal y de C.);
El proceso penal es un instrumento de los derechos de las personas. El principio de que nadie puede ser juzgado sino con…
Se trata de obtener la constatación o fijación de una situación jurídica; la pretensión y la sentencia, reciben el nombr…
Dentro de los antecedentes del derecho ambiental de Guatemala, es necesario hacer referencia a la declaración de Estocol…
1. La designación del liquidador o liquidadores, que son las personas encargadas de realizar esos actos. . Art. 1778 …
La de ser publicista, esto es, su orientación a ser público (con ciertas excepciones); por la oralidad; y, porque en el …
El proceso penal es un conjunto de actos realizados por determinados sujetos (jueces, defensores, imputados, etc.) con e…
Prueba es todo lo que pueda servir para el descubrimiento de la verdad acerca de los hechos que en el proceso penal son …
En el proceso civil rige, como norma general, el principio de carga de la prueba por el cual la persona que afirma un he…
Este medio de prueba procede: "Cuando fuere necesario inspeccionar lugares, cosas o personas, porque existen motivos suf…
Entrega de cosas y secuestro. Las cosas y documentos relacionados con el delito o que pudieran ser de importancia para l…