Los principales son los siguientes:
· Una causa o sea, una obligación de pagar. La cual obviamente habrá de ser licita.
· Un objeto que se paga. El que debe ser licito y posible.
· Un sujeto que paga (solvens) que puede o no ser el deudor.
· Un sujeto que recibe el pago (accipiens) que puede ser el acreedor y excepcionalmente un poseedor del crédito (acreduria). También un tercero debidamente facultado por el acreedor.
· Capacidad del solvens y del accipiens.
· Intención de pagar. (animus solvendi).
Modo del pago. 1. El pago debe hacerse de la manera que se hubiere pactado. Únicamente podrá hacerse parcialmente por…
1. Capacidad legal del sujeto que declara su voluntad 2. Consentimiento que no adolezca de vicio 3. Objeto lici…
1. Capacidad legal del sujeto que declara su voluntad 2. Consentimiento que no adolezca de vicio 3. Que el obje…
Cuando la doctrina se refiere a la ley penal en el espacio, lo hace con el fin de explicar el campo de aplicación que pu…
Cuando la doctrina se refiere a la ley penal en el tiempo, lo hace con el fin de explicar el tiempo de duración de la mi…
Los especialistas han considerado que durante la sucesión de leyes penales en el tiempo pueden presentarse cuatro casos …
Espacial de validez: se refiere al espacio en el cual la norma jurídica será de observancia obligatoria, y este espacio …
1. Permanencia 2. Cohabitación
Para que la posesión produzca el dominio se necesita que este fundada en justo titulo, adquirida de buena fe, de manes c…
1. suspensiva. 2. resolutoria. 3. positivas. 4. posibles. 5. imposibles.