1. Un propietario y un suplente nombrados por el presidente. Mediante acuerdo, por conducto del ministerio de economía y trabajo.
2. Un propietario y un suplente nombrados por la junta monetaria del banco de Guatemala.
3. Un propietario y un suplente nombrados por el consejo
Superior de la usac.
4. Un propietario y un suplente nombrados por el colegio oficial de médicos y cirujanos.
5. Un propietario y un suplente nombrados por las asociaciones y sindicatos patronales conforme a la ley.
6. Un propietario y un suplente nombrados por los sindicatos de trabajadores.
1. Un gerente.(titular). 2. Uno o más subgerentes bajo las órdenes del gerente y son llamados a sustituirlo. La gerencia…
Con tres miembros que sean servidores públicos de la entidad.
1. junta directiva, 2. gerencia y 3. consejo técnico.
1. que no necesita convocatoria previa 2. no deben de estar reunidos todos los socios. 3. deben aprobar la agen…
Por simple citación personal escrita, hecha por lo menos con 48 horas de anticipación a la junta y deberá expresar con l…
1. Ser parte en el asunto. 2. Haber sido representante legal, gerente, abogado en la empresa ofertante. 3. Tener el o al…
1. Amistad íntima o relaciones con alguna de las partes. 2. Vivir en la misma casa de las partes. 3. Cuando el integrant…
Se relaciona con la recepción, calificación y adjudicación de las cotizaciones y requiere de las mismas facultades que l…
A falta de disposiciones se aplicarán a los negocios obligaciones y contratos mercantiles las disposiciones del código c…
Se integra con cinco magistrados titulares y un suplente por cada uno. El número de integrantes aumenta en el caso que l…