Puede decirse que el desistimiento o desestimación es un acto conclusivo anormal, por medio del cual termina la fase preparatoria. Este se materializa cuando el Ministerio Público le solicita al Juez de Primera Instancia que se archiven las actuaciones, por cuanto que el hecho sujeto a investigación no es constitutivo de delito ni falta. (Ars. 310 y 311 CPP).
Se trata de obtener la constatación o fijación de una situación jurídica; la pretensión y la sentencia, reciben el nombr…
La de ser publicista, esto es, su orientación a ser público (con ciertas excepciones); por la oralidad; y, porque en el …
El proceso penal es un conjunto de actos realizados por determinados sujetos (jueces, defensores, imputados, etc.) con e…
El proceso penal es un instrumento de los derechos de las personas. El principio de que nadie puede ser juzgado sino con…
Prueba es todo lo que pueda servir para el descubrimiento de la verdad acerca de los hechos que en el proceso penal son …
En el proceso civil rige, como norma general, el principio de carga de la prueba por el cual la persona que afirma un he…
Este medio de prueba procede: "Cuando fuere necesario inspeccionar lugares, cosas o personas, porque existen motivos suf…
Entrega de cosas y secuestro. Las cosas y documentos relacionados con el delito o que pudieran ser de importancia para l…
Declaración Libre. El imputado no puede ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable. El Ministerio …
Todo habitante del país o persona que se halle en él tendrá el deber de concurrir a una citación con el fin de prestar d…