Se llama así a la sustitución jurídica de un bien por otro en el patrimonio de una misma persona, de tal modo que el bien nuevo, ya sea una cosa mueble o inmueble, un crédito o una indemnización, ocupe el lugar del bien antiguo para ser sometido a su mismo régimen.
Roca Sastre La Define: como aquella figura en virtud de la cual la situación jurídica que en cierto aspecto califica o afecta a una cosa concreta pasa a calificar o afectar en igual sentido la cosa que haya reemplazado o sustituido a aquella, cuando la misma haya sido objeto de enajenación o perdida.
Si el deudor deja de cumplir con sus obligaciones, todos y cada uno de los acreedores tiene derecho a dirigirse contra e…
(Ocupar el lugar de otro. Cambiarlo). La Subrogación constituye otra forma especial de pago ya que en virtud de la misma…
Voluntaria o convencional. Supone el convenio o acuerdo que emerge entre el acreedor y el tercero que paga o bien entre …
El pago por subrogación constituye una forma de transmitir las obligaciones, consistente cuando un tercero (1448cc.) Pag…
Las teorías que explican la naturaleza jurídica de la subrogación pueden dividirse en: 1. Teoría del pago. O de la ex…
1. Que se haga efectivamente el pago. 2. Que dicho pago se haga al acreedor. 3. Que dicho pago se haga con la a…
Es la creación de un vínculo en virtud del cual los menores no sujetos a patria potestad o adultos que están en estado d…
Los sujetos del Derecho Real. En relación con los sujetos del derecho real, al igual que sucede en la relación jurídica …
En la relación jurídica se pueden distinguir tres partes: 1. los sujetos de la relación jurídico real 2. el objeto…
Bienes materiales e inmateriales y deben reunir ciertas características.