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fuentes del derecho penal:

Fuentes reales:
fuentes reales o materiales son las expresiones humanas, los hechos naturales o los actos sociales que determinan el contenido de las normas jurídico-penales, previas éstas a la formalización de una ley penal;

Fuentes formales:
Estas se refieren al proceso de creación jurídica de las normas penales y a los órganos donde se realizan; lo cual corresponde al congreso de la república;

Fuentes directas:
La ley es la única fuente directa del derecho penal, por cuanto que sólo ésta puede tener el privilegio y la virtud necesaria para crear figuras delictivas y las penas o medidas de seguridad correspondientes;

Fuentes indirectas:
Son aquellas que sólo en forma indirecta pueden coadyuvar en la proyección de nuevas normas jurídico penales, e incluso pueden ser útiles tanto en la interpretación como en la sanción de la ley penal, pero no pueden ser fuente de derecho penal, ya que por si solas carecen de eficacia para obligar; entre ellas tenemos: la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho.