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Nociones del derecho procesal del trabajo:

Quienes se han dedicado al estudio del Derecho Procesal del Trabajo han utilizado varios términos para designar a dicha rama científica, que se puede dividir en las siguientes corrientes:

Los que lo denominan en forma restringida: DERECHO PROCESAL OBRERO o DERECHO PROCESAL INDUSTRIAL, a ambas denominaciones se les critica por ser restringidas y no comprender a la diversidad de actividades laborales;

Los que la denominan en un sentido amplio: DERECHO PROCESAL SOCIAL, que se le critica por el hecho de que en su amplitud no determina bien la materia, sino una característica;

Los que la denominan conforme su esencia y contenido: PROCEDIMIENTO LABORAL o PROCEDIMIENTO DE TRABAJO; DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO o DERECHO PROCESAL LABORAL. A la primera se le critica que se refiere más a una fase del derecho procesal, que se orienta únicamente a las reglas de derecho positivo procedimental, etc. En tanto que el segundo, es el término más aceptado por tener una connotación precisa, por referirse a los problemas laborales individuales y/o colectivos, y porque el vocablo de trabajo, abarca con más amplitud la rama del objeto de estudio.