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Clases de competencia administrativa

En razón de la materia: ratione materiae. Se refiere a determinados asuntos administrativos en donde cada órgano tiene atribuidas ciertas competencias las cuales debe ejercitar. En razón del territorio: ratione loci. Se refiere al ámbito territorial en donde el órgano administrativo ejerce su competencia.
En razón del tiempo: ratione temporis. Se refiere a cuando la competencia es temporal o permanente, ej.: cuando dos municipalidades resuelven sobre un mismo asunto.
En razón del grado: se refiere a cuál de los órganos de la escala jerárquica se haya atribuido la competencia.