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Aluvión

Se da paulatinamente. Es la incorporación al predio ribereño de partículas de tierra que arrastra la corriente.
Art. 679. Aluvión. Pertenece a los dueños de los terrenos confinantes con los arroyos, torrentes, ríos y lagos, el acrecentamiento, que reciban paulatinamente por acción o sedimentación de las aguas.

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