Contrato de Transporte:
Por el contrato de transporte, el porteador se obliga, por cierto precio a conducir de un lugar a otro, pasajeros o mercaderías ajenas que deberán ser entregadas al consignatario. Art 794 c/com
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Por el contrato de transporte, el porteador se obliga, por cierto precio a conducir de un lugar a otro, pasajeros o mercaderías ajenas que deberán ser entregadas al consignatario. Art 794 c/com