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El patrimonio ejecutable

Conjunto de bienes objeto de la ejecución, que constituye un presupuesto de la ejecución forzada, en el sentido que sin él la coerción no se puede hacer efectiva. En principio todo patrimonio del deudor es ejecutable, sin embargo, con el fin de proteger la dignidad humana, los ordenamientos jurídicos han excluido la posibilidad de ejecución procesal a determinados bienes y derechos que se consideran indispensables para la subsistencia.