Naturaleza jurídica de la cesión de derechos
La naturaleza jurídica de la cesión es un contrato cambiante porque asume la forma de diversos contratos como la compra-venta, a permuta o la donación. Cabe decir que no es un contrato diferente a la compra-venta, permuta o donación sino que asume la naturaleza de uno y otro. Es compra-venta si, a cambio de los derechos cedidos, se paga un precio cierto y en dinero, es permuta si a cambio de los derechos cedidos se recibe otra cosa y es donación si los derechos se transmiten gratuitamente; en realidad. Asimismo el articulo 1443 segundo párrafo establece que: “en la cesión se observaran las disposiciones relativas al negocio jurídico que les de origen, en lo que estuvieren modificadas en este capítulo”.