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Ultractividad de la Ley

En caso de que una ley posterior al hecho sea perjudicial al reo, entonces seguirá teniendo vigencia la anterior, es decir, que cuando una ley ya abrogada se lleva o utiliza para aplicarla a un caso nacido bajo su vigencia, estamos frente a la ultraactividad.

De lo anterior se desprende que la «EXTRACTIVIDAD» de la ley penal que comprende la «Retro» y la «Ultra», sólo puede aplicarse cuando exista el presupuesto fundamental, que consiste en favorecer al reo.