Características Del Legado
1. El legado es una disposición autónoma. Es una disposición independiente de la institución de heredero, de modo que incluso puede distribuirse toda la herencia en legados de acuerdo con lo que dispone el art. 921 CC.
2. Es una disposición de carácter patrimonial. El legatario obtiene un beneficio económico, aunque no necesariamente debe enriquecerse.
3. Es una disposición por causa de muerte. La naturaleza de la sucesión a título particular o legado es objetivamente y no según las palabras del testador, la atribución de una o varias relaciones jurídicas concretas al sucesor o legatario.
4. Es una adquisición a título particular. Por su singularidad. El legatario adquiere únicamente lo que le es atribuido.
5. Contiene un elemento de liberalidad. El testador le atribuye el legado sin tener obligación de favorecer al legatario.
6. El carácter de voluntariedad. El legado solo puede establecerse por testamento art. 1003 CC. No hay legados impuestos por la ley.