La sociedad anónima tiene 3 clases:
1. autorizado. es la suma máxima que la sociedad puede emitir en acciones. articulo 88 código de comercio.
2. suscrito. es lo que realmente suscribe. En el momento de suscribir acciones es indispensable pagar por lo menos el 25% de su valor nominal. articulo 89 código de comercio.
3. pagado mínimo. El capital pagado inicial de la sociedad anónima debe ser por lo menos de Q5,000.00 ver 90 al 98 código de comercio
Las de capital fijo son aquellas que debe de formalizar su aumento de capital en escritura pública (la mayoría) Las de c…
Capítulo viii Aumento y reducción de capital Artículo 203. Aumento o reducción de capital. El aumento o reducción de cap…
Esta se precede como una operación inversa al aumento consistente en la rebaja por la sociedad de la cifra de capital qu…
1. Por disminución del valor nominal de todas las acciones o 2. Por amortización de algunas de ellas
Se divide y representa el capital en acciones. Se puede pagar parcialmente pero que no sea menor de Q. 5,000.
El capital social debe ser aportado íntegramente al constituirse, por uno o más socios comanditarios o por estos y por s…
Aportaciones personales de los socios que no pueden representarse por ningún título llamado Acción El capital fundaciona…
1. mediante la emisión de nuevas acciones por aumento del valor nominal de las acciones.
En aportación dineraria o no dineraria 1. Por compensación 2. Por capitalización de utilidades o reservas Art. 208…
Se divide y representa en títulos que se llaman acciones