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Es aquella persona que tiene la obligación de prestar alimentos.
1. Por la muerte del alimentista. 2. Cuando aquel que los proporciona se ve en la imposibilidad de continuar prestándolos,
1 cuándo dejaron de hacerse efectivos los pagos; 2 detención del quebrado, certificándose lo conducente cuando se trate de quiebra
Mediante estas providencias provisionalmente se decide una discusión, son ejemplos típicos los alimentos provisionales (art.231 CPCYM), las denuncias de obra
“Tomada en su sentido procesal, en consecuencia, un medio de contralor de las proposiciones que los litigante formulen en el
1. Inscripción en los registros del estado civil 2. Respecto de los bienes: • Sus efectos se determinan por la
La denominación de alimentos comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y también la