Las servidumbres administrativas presentan afinidad con las del d.civil, pero no identidad. Existen cuando la propiedad sobres cosas inmuebles se ve disminuida al constituirse sobre ella una carga jurídica en favor de la colectividad, esto significa que la disminución viene impuesta por disposiciones administrativas, sin que haya acaecido un hecho jurídico que motive esas condiciones. Las servidumbres administrativas tiene existencia en tanto el inmueble a favor del que se establecen, mantiene la destinación que le dio origen. A diferencia de las civiles que pueden ser reales, o sea establecidas a favor de una cosa, o personales, constituidas a favor de una persona determinada, las administrativas siempre son reales, benefician a una cosa que integra el patrimonio estatal, para atender con ello un interés general.
Son las impuestas por la ley por causa de utilidad pública, o por intereses de los particulares, teniendo carácter forzo…
A) elemento real: consiste en la obligación que pesa en el inmueble de propiedad privada. B) elemento personal: persona …
Las leyes administrativas imponen especiales procedimientos para llegar a la contratación administrativa, por ejemplo la…
Dice Guasp:”La clasificación verdaderamente importante del proceso civil hay que obtenerla, pues, a base del análisis de…
En el juicio oral de alimentos, y de conformidad con el artículo 214 del Código Procesal Civil y Mercantil, el actor pue…
Tiene por objeto un predio, que recibe el nombre de predio sirviente. Art 752 CC
1.- no llegan a ser verdaderas servidumbres públicas 2.- producen derecho a la correspondiente indemnización 3.- tienen …
Contra la calificación del registrador podrá reclamarse ante el juez de primera instancia de lo civil jurisdiccional, ya…
A) generalidad: porque no se imponen sobre cosas determinadas, sino que afectan todas las cosas que se encuentran en idé…
Son limitaciones generales, constantes y actuales que por motivos de interés público, se le imponen al propietario de la…