Efectos comunes y propios de la separación y el divorcio

1. Efectos civiles comunes de la separación y del divorcio.

• Liquidación del patrimonio conyugal.
• Derecho de alimentos a favor del cónyuge inculpable en su caso.
• Suspensión o perdida de la patria potestad, cuando la causal de separación o divorcio la lleve consigo y haya petición expresa de parte interesada. Art. 159 Código Civil.

2. Efectos propios de la separación.

• Subsistencia del vínculo conyugal (matrimonial).
• El cónyuge inculpable de la separación tiene derecho a la sucesión intestada del otro.
• La mujer pierde continuar usando el apellido del marido. Arts. 160 y 1082 Código Civil.

3. Efectos propios del divorcio.

Disolución del vínculo conyugal que deja a los cónyuges en libertad para contraer nuevo matrimonio. Art. 161 Código Civil.
• La mujer divorciada no tiene derecho a usar el apellido del marido. Art 171 c.c.
• El parentesco por afinidad se extingue. Art 198 c.c.
• Extinción de derecho de la sucesión intestada.