Existen dos sistemas jurídicos para enumerar los derechos reales, en primer término encontramos el Números Clausus que solo admiten como derecho real aquellos regulados por la ley y en segundo plano encontramos el Números Apertus que permite crear a los particulares otros tipos de derechos reales además de los que la ley regula.
Teoría clásica. 1. El titular del derecho real no necesita la mediación o cooperación de persona alguna para obtener …
1. Derecho real se ocupa de un problema de atribución 2. Derecho de crédito o de obligación resuelve necesidades d…
1. Los Derechos Reales se extinguen cuando dejan de tener existencia en cuanto tales derechos. 2. cuando simplemen…
Derecho subjetivo privado que atribuye a su titular un poder directo e inmediato de contenido variable sobre una cosa o …
1. Derecho Real de mero goce y disposición. 2. Derechos reales limitados de goce. 3. Derechos reales de garantí…
1. El dominio y el condominio. 2. El usufructo. 3. El uso y la habitación. 4. Las servidumbres activas. 5. …
El sistema de adquisición en general. Son los hechos jurídicos a los que la ley atribuye el efecto de producir la adquis…
Que son las actio in rem y las actio in personam. · Actio in rem son los derechos reales · Actio in pers…
1. los derechos reales son inherentes a la cosa sobre la que recaen. Su titular puede ejercer su poder que le confieren …
Teorías que explican la naturaleza jurídica. 1. Doctrina clásica. El derecho real supone una relación inmediata entre…