Vicios de la declaración de voluntad. Art. 1257.cc.
1. Error
2. Dolo
3. Simulación
4. Violencia
1. Error. Es aquel que recae en la sustancia que sirve de objeto. Art. 1258 cc
2. Dolo. Es la acción u omisión de inducir o mantener en error a una persona. Art. 1261cc.
3. Violencia. Constituye el hecho de causar una impresión profunda en el ánimo de una persona, que le inspire el temor de un mal grave. Art. 1265, 1266, 1267 cc.
Temor reverencial. Articulo 1267.- la amenaza del ejercicio regular de un derecho y el temor reverencial, esto es, el sólo temor de desagradar a las personas a quienes se debe sumisión y respeto, no anularán el acto o negocio.
4. La simulación. Tiene lugar en tres circunstancias: art. 1284, 1295, 1286 cc.
1. Consiente 2. Libre, y 3. Plena Ya que constituye un acuerdo deliberado de engañar.
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Acuerdo pleno de voluntad el cual debe de ser Libre Y Pleno. Dichas manifestaciones de voluntad han de ser Verbales O Es…
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Cuando procede declararla. La unión de hecho de un hombre y una mujer con capacidad para contraer matrimonio, puede ser …
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