La culpabilidad además de constituir un elemento positivo, para la construcción técnica de la infracción, tiene como característica fundamental ser el elemento subjetivo del delito, refiriéndose pues a la voluntad del agente para la realización del acto delictivo. La culpabilidad radica pues, en la manifestación de voluntad del sujeto activo de la infracción penal que puede tomarse dolosa o bien culposa, dependiendo de la intención deliberada de cometer el delito, o bien de la comisión del delito por negligencia, imprudencia o impericia.
Se llama así, porque se determina afectando a los sujetos que intervienen en el proceso. En primer lugar, se puede prese…
A este respecto se dan dos teorías. Teoría Psicológica: Indica que la culpabilidad es la relación psíquica de causalidad…
La culpabilidad como manifestación de la conducta humana dentro del delito, encuentra su expresión en dos formas básicas…
Es un comportamiento consiente de la voluntad que da lugar a un juicio de reproche debido a que el sujeto actúa en forma…
El artículo 14 de la Constitución establece: Toda persona es inocente, mientras no se le haya declaro responsable judici…
El principio de publicidad que la ley concede a los asientos regístrales y los efectos que de la misma se derivan, tiene…
El licenciado Hermenegildo Escobar Díaz en su libro titulado registro de la propiedad establece que son tres los efectos…
Escobar Días los clasifica de la siguiente manera: 1. El recurso de revocatoria verbal: se interpone personal y verba…
Todos los tipos de arras tienen una función de aseguramiento o garantía de cumplimiento, pero opera de diverso modo para…
1. El de la novedad, "en virtud del cual el signo que comienza a utilizarse debe ser distinto de los anteriormente us…