Son órganos de carácter técnico-administrativo, con competencia administrativa establecida, aunque dentro de las que se encuentran funcionando actualmente en la administración pública, no ejercen competencia, sino funcionan a nivel de asesoría de carácter técnico dentro del ministerio, pues se trata de direcciones de esta naturaleza.
Las direcciones generales son órganos centralizados, unipersonales y técnico-administrativos, que dependen directamente …
Surgen como consecuencia de la gran cantidad de competencias que desarrollan los ministerios de estado, razón por la cua…
Se encuentran reguladas dentro de distintas leyes, pero principalmente dentro de la ley del organismo ejecutivo la cual …
Sus atribuciones como cualquier órgano de la administración pública se encuentran contenidas en las normas jurídicas de …
Se pueden establecer responsabilidades a los directores generales, pues se trata de órganos ejecutivos, los cuales ejerc…
Existen algunas direcciones que su labor es únicamente a nivel de asesoría, es decir que son eminentemente técnicas, com…
1. Una función sancionatoria, cuando la pena absorbe, en este caso el acreedor puede pedir el cumplimiento, el resarc…
1. función probatoria. ya que la posesión del título constituye un elemento fundamental de legitimación para el ejerc…
1. función organizativa. En la organización corporativa el capital social es la base sobre la cual se computa y deter…
1. Función identificadora. Permite distinguir a la sociedad en el tráfico empresarial. Ejemplo: pueden prestar simila…