1. Judicial o extrajudicial. La judicial constituye titulo ejecutivo en la vía de apremio, las extrajudiciales requieren del efecto declarativo de un juicio ordinario.
2. Pura o particional y compleja. Será pura o particional la transacción en la que las prestaciones de las partes se refieren exclusivamente a los bienes o derechos objeto del conflicto. Es compleja, si en ella se obtiene el reconocimiento o la renuncia del derecho controvertido a cambio de una prestación extraña a la contienda.
3. Total y parcial. Sera total cuando resuelva todos los asuntos o puntos controvertidos, y parcial cuando se refiere únicamente a alguno o algunos de ellos.
La transacción es un contrato por el cual las partes, mediante concesiones reciprocas, deciden de común acuerdo algún pu…
1. Es consensual. Pues se perfecciona por el mero consentimiento de las partes. 2. Es oneroso. Porque es de su ese…
1. Elemento personal. Para que pueda celebrarse transacción, se requiere de dos partes que tienen derechos o intereses e…
En las legislaciones civiles de colombia (artículo 2483), españa (artículo 1816), méxico (artículo 2953) y chile (artícu…
Ruggiero señala, que ambos tienen una finalidad genérica, la cual es poner término a un litigio existente o posible, exi…
son causas especiales de nulidad en las transacciones: 1. Si celebrada por causa o con vista de un titulo nulo, no se…
Contrato por el cual las partes evitan el pleito que podría promoverse o terminan el que está principiando.
Es un contrato por el cual las partes mediante concesiones recíprocas deciden de común acuerdo algún punto dudoso o liti…
1. Por la naturaleza de la causa: a. Por virtud de la ley la ineficacia puede producirse por : Nulidad absoluta o …
1. Deposito voluntario contractual. Debe de haber voluntad entre las partes ya que las partes tienen la disposición de d…