1. Si se omite el primer requisito se aplicara cualquier tenedor legitimo podrá llenarlo antes de presentarlo para su aceptación o para su cobro.
2. Si se omite la clase del endoso se presumirá que el titulo fue transmitido en propiedad.
3. Si se omitiese la expresión del lugar se presumirá que el endoso se hizo en el domicilio del endosante.
4. La omisión de la fecha hará presumir que el endoso se hizo el día en que el endosante adquirió el titulo.
5. La falta de firma hará que el endoso se considere Inexistente.
Art. 422 código de comercio.
La conducta humana consiste en no hacer algo, infringiendo una ley preceptiva que ordena hacer algo.
La conducta humana infringe una ley prohibitiva, mediante la infracción de una ley preceptiva, es decir, son delitos de …
El endoso debe constar en el titulo mismo o en hoja adherida a él y llenara los siguientes requisitos. 1. nombre del …
Los efectos de los contratos y actos mercantiles no se perjudican ni suspenden por el incumplimiento de leyes fiscales, …
Es la conducta pasiva en contra de una obligación de actuar que imponen algunas normas, cuando el sujeto se encuentra ma…
1. Endosante: es quien transmite el titulo. 2. Endosatario: es quien recibe el titulo.
Se transfiere tofo lo principal y lo accesorio. Se transfiere la propiedad del título todos los derechos de propiedad. A…
Tiene como finalidad el cobro del título judicial o extrajudicialmente. Aquí el endosante le otorga la facultad al endos…
Se garantiza el pago de una obligación. Art. 428 código de comercio.
Le falta algún requisito del art. 421, 422 códigos de comercio.