El principio al derecho de defensa, consiste en que nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos sin antes haber sido citado, oído y vencido en un proceso judicial. está consagrado en el artículo 12 constitucional y debidamente desarrollado en el decreto 51-92 del c. de la r.
El derecho constitucional de defensa en los procesos es uno de los más elementales y al mismo tiempo fundamentales del h…
Como lógica consecuencia de la vigencia del principio de oralidad surge el principio de inmediación, al que no sin razón…
Los procedimientos establecidos en el decreto 51-92 impulsan el cumplimiento de las actuaciones procesales, agilizan el …
La inmediación exige también una aproximación temporal entre la recepción de la prueba y el pronunciamiento jurisdiccion…
Tradicionalmente, en el derecho penal, la concordia o conciliación entre las partes, es posible únicamente en los delito…
Como resultado de la aplicación de criterios de desjudicialización y de la introducción de la concordia en materia penal…
La significación del proceso penal es de tanta trascendencia que las formas procesales deben ser simples y sencillas par…
El proceso penal es un instrumento de los derechos de las personas. El principio de que nadie puede ser juzgado sino con…
Toda persona se presume inocente mientras no se le haya declarado responsable en sentencia condenatoria debidamente ejec…
Este principio obliga al Ministerio Público a realizar o promover la pesquisa objetiva de hechos criminales y a impulsar…