El término de prueba en el juicio sumario se reduce a la mitad del correspondiente al juicio ordinario, o sea que el término de prueba es de quince días según el artículo 234 del decreto No. 107.
Este término es improrrogable, ya que en caso de que pudiere extenderse tendría que existir una disposición específica.
De acuerdo con lo que preceptúa el artículo 234 del Código Procesal Civil y Mercantil, la vista tendrá lugar dentro de un término no mayor de diez días, los cuales serán contados a partir del vencimiento del período de prueba.
En cuanto a la apelación la ley prevé que cualquiera de las partes interponga apelación de una resolución que no sea la …
1 Los asuntos de arrendamiento y desocupaciones 2 la entrega de bienes muebles que no sean dinero 3 la recisión de contr…
La sentencia en el juicio sumario, debe pronunciarse dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del término para…
Es aquel en que, por la simplicidad de las cuestiones a resolver o por la urgencia de resolverlas, se abrevian los trámi…
1 Asuntos de arrendamiento y desocupación. 2 Entrega de bienes muebles que no sea dinero. 3 Rescisión de contratos; 4 De…
Debe tenerse en cuenta que conforme lo dispone el artículo 230 son aplicables al juicio sumario todas las disposiciones …
La reconvención únicamente es admitida cuando la acción en que se funde estuviere sujeta ajuicio sumario criterio lógico…
1 Es un juicio de conocimiento 2 Es un juicio de trámite abreviado 3 Se da la simplificación de formas
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El plazo dado al demandado para contesta la demanda es de tres días, contados a partir del día siguiente de la notificac…