Rescisión

📅 14 de marzo de 2014

Es la forma de ineficacia de un contrato válidamente celebrado, pendiente total o parcialmente de cumplimiento, originada de la decisión de uno de los contratantes a quien la ley faculta expresamente, del acuerdo de los contratantes, de la declaración de juez competente fundada en un motivo especifico previsto en la ley o de la imposibilidad de ejecución por causas fortuitas o motivos no imputables al cumplimiento.

Es el negocio jurídico por el que se deja sin efecto, mediante declaración judicial, un negocio, contrato o acto jurídico.

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