Es la figura jurídica en la que, el órgano administrativo dotado de competencia administrativa, no resuelve las peticiones o las impugnaciones de los administrados.
1.- arto. 23 dto. 1427 "ley de parcelamientos urbanos" en el cual se establece que si la municipalidad no resuelve una p…
1.- arto. 7o. De la ley de lo contencioso-administrativo el que regula que si el ministro de estado no resuelve el recur…
Se dan cuando se trata de una petición originaria del particular, en este caso el particular hace una petición en base a…
1.- consentir el silencio de la administración pública y esperar indefinidamente la resolución. 2.- no aceptar el silenc…
Se da cuando el silencia de la administración pública, aparece por falta de resolución ante un recurso planteado contra …
1.- que el recurso se considera resuelto desfavorablemente y por agotada la vía administrativa, lo que da lugar al conte…
1.- en caso de darse este tipo de silencio administrativo, el particular puede hacer uso de su derecho de acción judicia…
1.- que la administración pública deba legalmente hacer o resolver algo 2.- que se encuentre un plazo fijado en la ley o…
TITULO V DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CAPITULO I RECURSO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ARTICULO 161. *Procedencia…
Conjunto de normas o disposiciones administrativas que amenazan con sancionar a los particulares que no cumplan con sus …