Dentro de la clasificación de las sociedades extranjeras se encuentran las que se inscriben en el Registro Mercantil por tiempo definido, es decir que al momento de registrarse se especifica el tiempo que tendrán sus operaciones dentro de la República de Guatemala, las cuales no pueden operar por más de dos años en éste país. El Código de Comercio las regula en el artículo 221 el cual les denomina sociedades con autorización especial, ya que aun por corto que sea el tiempo que operan en Guatemala necesitan la autorización del Registro Mercantil para realizar sus operaciones.
El trámite de toda sociedad extranjera que desee establecerse en el país o tener en él sucursales o agencias, se debe in…
La legislación contempla en el artículo doscientos veinte del Código de Comercio las sociedades para actos aislados las …
Las sociedades extranjeras que operan en Guatemala por plazo indefinido son aquellas que no especifican el plazo por el …
Doctrinariamente la sociedad extranjera es aquella constituida conforme a las leyes del país de su origen, al igual que …
Requisitos: 1.- Formulario de Solicitud 2.- Memorial o escrito explicativo sobre los datos de la sociedad matriz que inc…
Son las que fijan por sí mismas su ámbito de validez temporal, es decir, que en ellas mismas se fija su tiempo de duraci…
Nuestras disposiciones legales no hacen ninguna distinción entre sentencia y laudo extranjero. Ambos se ejecutan por el …
Ejecución de resoluciones definitivas dictadas por tribunales extranjeros, las cuales están ajustadas, en primer término…
Capítulo xii De la fusión y transformación de las sociedades Artículo 256. Formas de fusión. La fusión de varias socieda…
Capítulo xi De la disolución y liquidación de las sociedades Secciona primera Disolución parcial De la exclusión y separ…